Uno de nuestros operadores está atendiendo este reporte.
Las Condes
Hola Katherin. El incidente fue reportado con anterioridad. En caso de mantener información adicional comunicar al Fono 1402.
Katherin
Llamamos al 1402 y es porque están armando un árbol de pascua, 😡
Verónica
Eso no es justificación. Que lo armen en horario diurno al menos! Y es todo el año lo mismo, dudo que armen árboles de enero a diciembre
Michelle
Y que w xx me importa su arbol de pascua
Michelle
Hay que pedir a las comunidades de nuestros 2 edificios que hagan una denuncia formal ya es suficiente!!
Verónica
Exactamente Michelle
Katherin
Si, tenemos que juntarnos
Michelle
Si!! Voy a ponerme en contacto con administracion, vVerbenas 9000 a ver que se puede hacer, ahora se viene el verano y uno quiere dormir con la ventana abierta y no se puede 😡
Katherin
Yo formo parte del comité de Las Verbenas 9090
Verónica
De mi comunidad Katherine, averiguaré por mi parte como proceder con una denuncia comunitaria ante la municipalidad
Katherin
Logramos que venga un inspector al departamento para que sea testigo del ruido que tenemos que soportar
Katherin
Justo se detuvo el ruido 😡, quedamos en cero
David
Para que sea efectivo el reclamo, hay que denunciar al Ministerio de Medio Ambiente.
A.
El Decreto 38 del Ministerio del Medio Ambiente del año 2011 (norma de emisión de ruidos molestos generados por fuentes fijas) entrega los niveles máximos permitidos de emisión sonora generados por fuentes fijas para la comunidad.
Dispone que el ruido máximo para las zonas residenciales es de 55 decibeles en horario de 7 a 21 horas -que equivale al ruido que produce el aire acondicionado de ventana, por ejemplo-, y de 45 de 21 a 7 horas, que equivale el ruido de una calle con poco tráfico. Para hacerse una idea, una conversación normal tiene en promedio 60 decibeles, una aspiradora produce 70 decibeles; una motocicleta entre 100 y 110 y una discoteca 120 decibeles.
Esta norma protege a la comunidad que se ve afectada por problemas de contaminación acústica, desde el punto de vista de la salud pública. Protege a las personas que pudieran estar afectadas por altos niveles de ruido generado por fuentes fijas, o que pudieran sufrir molestias, en lugares habitables tales como sus viviendas, su lugar de trabajo, de descanso o de esparcimiento, entre otras.
¿Qué ruidos no regula el decreto 38?
No se aplica a:
El tránsito vehicular, ferroviario y marítimo.
El tránsito aéreo.
La actividad propia del uso de viviendas y edificaciones habitacionales, tales como voces, circulación y reunión de personas, mascotas, electrodomésticos, arreglos, reparaciones domésticas y similares realizadas en este tipo de viviendas.
El uso del espacio público, como la circulación vehicular y peatonal, eventos, actos, manifestaciones, propaganda, ferias libres, comercio ambulante, u otros similares.
Sistemas de alarma y de emergencia.
Voladuras y/o tronaduras.
¿Quién fiscaliza?
La Superintendencia del Medio Ambiente debe fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones por parte de las fuentes fijas. La Superintendencia deberá informar anualmente, al Ministerio del Medio Ambiente, sobre el cumplimiento de las disposiciones sobre emisión de fuentes fijas. Asimismo, debe señalar si se han dictado programas de cumplimiento, sanciones, los rubros de fuentes más denunciados y los rubros con mayor aumento de denuncias en comparación al año anterior.
Por si les sirve